LISTADO PROVISIONAL AYUDAS CAMPAMENTO NAVIDAD 23_24
ANEXO SOLICITUD DE AYUDAS PARA CAMPAMENTO DE NAVIDAD 2023
ANEXO SUBSANACIÓN DE AYUDAS PARA CAMPAMENTO DE NAVIDAD 2023
Con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, la Concejalía de Educación oferta la convocatoria de ayudas para las familias usuarias del Campamento Urbano de Navidad 2023.
El importe total destinado para subvencionar el coste de esta actividad a las familias usuarias del servicio será de 8.000€, con arreglo al crédito presupuestario correspondiente a la partida 3261.481.00, del presupuesto municipal del 2023.
MUY IMPORTANTE: LAS BASES DE ESTA CONVOCATORIA ESTÁN COLGADAS EN LA PÁGINA WEB DEL AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES, LÉALAS ATENTAMENTE. PINCHANDO AQUÍ, PODRÁ ACCEDER A TODA LA INFORMACIÓN.
DIRIGIDA A: Familias empadronadas en San Fernando de Henares, con hijos e hijas escolarizados en Centros de Educación Infantil y Primaria (CEIPs) durante el curso escolar 2023/2024, que deseen utilizar el servicio de Campamento Urbano de Navidad 2023 y con una renta per cápita inferior a 10.800,00€ (durante el año 2021) [aquellas solicitudes que superen este umbral de renta serán excluidas de la presente convocatoria].
EL PLAZO DE SOLICITUDES SERÁ DEL 13 DE NOVIEMBRE AL 24 DE NOVIEMBRE (ambos inclusive), y se podrá presentar en los siguientes lugares:
- Registro electrónico del portal web del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
- Cualquier registro suscrito al Convenio de Ventanilla Única.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Solicitud de Ayuda para Campamento Urbano de Navidad 2023 [Anexo Solicitud], debidamente cumplimentada e indicando el turno y uso del servicio. Tenga en cuenta que:
1er TURNO corresponde a los días 26, 27, 28 Y 29 de diciembre.
2º TURNO corresponde a los días 2, 3, 4 y 5 de enero. TURNO COMPLETO corresponde a los días 26, 27, 28 y 29 de diciembre Y 2, 3, 4 y 5 de enero. |
Además, deberá aportar la siguiente documentación (en el caso de que alguno de los documentos que a continuación se detallan hayan sido presentados para las convocatorias del Campamento de Semana Santa o Verano, no es necesario que los aporte de nuevo):
- Justificante de inscripción en el Campamento Urbano de Navidad [DE OBLIGATORIA PRESENTACIÓN].
- Fotocopia DNI, NIE o pasaporte de los padres, madres, tutores o tutoras legales.
- Fotocopia del Libro de Familia.
- Fotocopia de la declaración de la Renta o certificado de la renta correspondientes al ejercicio 2021, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de todos los miembros de la unidad familiar computables que hayan obtenido rentas. Los certificados deberán estar dotados de código seguro de verificación, no siendo válido ningún otro certificado.
En los supuestos en los que no pudiera acreditarse la renta, deberá presentar:
- Informe de vida laboral de la Seguridad Social, acompañado de certificado de retenciones, expedido por el empleador, en el que se determinen los ingresos del trabajador/a en el año 2021.
- Documento expedido por los Servicios Sociales municipales, donde conste la intervención de dichos Servicios y la cantidad estimada de ingresos per cápita anuales durante 2022.
- Si el solicitante o su pareja fueran perceptores de la Renta Mínima de Inserción, deberán presentar certificado oficial que lo acredite, junto a la declaración de la renta del ejercicio 2021, de la misma forma que se indica en el apartado anterior.
- En aquellos casos en los que concurran circunstancias que hayan modificado significativamente las condiciones económicas de la unidad familiar en relación a la renta declarada en 2021 y se acredite que la situación económica actual es significativamente peor que la de 2021, se tendrá en cuenta la situación actual en la aplicación del baremo, para lo que se aportará la documentación que corresponda:
- En caso de jubilación, los justificantes de pensión de los tres últimos meses, más vida laboral de ambos miembros de la pareja.
- En caso de viudedad, justificante de pensión de viudedad y orfandad y certificado de vida laboral, acompañado de certificado de retenciones expedido por el empleador en el que se determine los ingresos del trabajador/a en el año 2022, si hubiera estado trabajando.
- En el caso de separación o divorcio, convenio regulador, junto con el certificado de vida laboral, acompañado de certificado de retenciones expedido por el empleador, que determine los ingresos del trabajador/a en 2022.
- En caso de desempleo, certificado de vida laboral junto con el certificado de la Oficina de Empleo en el que se indiquen las prestaciones que se perciben actualmente y los periodos correspondientes y/o certificado de haberes de los meses en que se haya trabajado.
PLAZOS A TENER EN CUENTA:
– SOLICITUDES: del 13 al 24 de noviembre (A/I). – LISTAS PROVISIONALES: 1 de diciembre. – SUBSANACIÓN DE DEFECTOS: (3 días hábiles tras listas prov.) del 4 al 7 de diciembre (A/I). – LISTAS DEFINITIVAS: 15 de diciembre. |