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Los solicitantes incluidos en el listado provisional de excluidos dispondrán de un plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación (hasta el 22 de agosto inclusive) para formular alegaciones, subsanar la solicitud y/o aportar la documentación preceptiva. El documento necesario a tal efecto es el el siguiente:
- Escrito de subsanación (documento pdf)